Los afectados por las cláusulas suelo tienen derecho a reclamar los gastos generados por la misma. En el despacho Doce, Diéguez & León Rey abogados, contamos con un equipo de profesionales altamente cualificados en Derecho Bancario que te ofrecerán una atención personalizada y que sin duda harán que prevalezcan tus derechos contra la entidad bancaria.
Para ello, nos comprometemos a realizar un estudio detallado de tu escritura de préstamo hipotecario de forma gratuita. De esta manera, detectaremos la existencia de cláusulas abusivas tales como la que impone al cliente el pago de todos los gastos derivados de la constitución del préstamo.
Pero ¿quiénes pueden reclamar las cláusulas suelo? ¿Y cómo? Hoy en nuestro blog te explicamos el procedimiento para reclamar los gastos de tu hipoteca de manera sencilla.
¿Quiénes pueden reclamar el importe proporcional del pago un préstamo hipotecario?
La respuesta es muy sencilla: todos aquellos consumidores que hayan firmado un préstamo hipotecario en cualquier momento y hayan pagado las facturas mencionadas tienen legitimación para recuperar su dinero.
¿Cuál es el motivo de que se puedan reclamar esos gastos?
En la Sentencia Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, de 19 de diciembre de 2018, el alto Tribunal declara la abusividad de la cláusula sobre gastos hipotecarios determinando la nulidad de la misma. La razón es que no se puede cargar en exclusiva al consumidor el pago de los gastos de toda la operación cuando es el banco quien también se beneficia de tal negocio. Además de que el hecho de elevar a público el contrato e inscribir la anotación del préstamo hipotecario en el registro de la propiedad son precisamente actos tendentes a garantizarse el cobro por parte del banco.
No se puede cargar en exclusiva al consumidor el pago de los gastos de toda la operación cuando es el banco quien también se beneficia de tal negocio.
Además, el Tribunal Supremo considera que los intereses que se reclaman se devengan desde la fecha en que se hayan realizado los pagos.
¿Qué supone que se declaren abusivas las cláusulas en las que los gastos se imponen en exclusiva al cliente?
La nulidad de la cláusula conlleva parte de la devolución de las cantidades abonadas en las facturas pagadas por el cliente, ya que el banco será condenado al reintegro de las mismas. Concretamente, la entidad bancaria tendrá que abonar los siguientes conceptos según la sentencia del Tribunal Supremo 49/2019 de fecha 23/1/2019:
- 50% del arancel notarial de la escritura de préstamo hipotecario.
- 50% de la factura de gastos de gestoría.
- 100% de la factura del registro de la propiedad por la inscripción de la hipoteca.
¿Y qué pasa con los datos de los impuestos de Actos Jurídicos Documentados y Transmisiones patrimoniales?
A día de hoy el reintegro de los gastos de AJD y transmisiones patrimoniales no son concedidos por nuestros Juzgados y Tribunales, sin perjuicio de lo que puede decir el Tribunal de Justicia de la Unión Europea al respecto en un futuro si se eleva tal cuestión.
Pasos a seguir para reclamar los gastos de constitución de préstamos hipotecarios
En primer lugar, se debe contar con un abogado experto en la materia que realizará una reclamación extrajudicial a la entidad bancaria para intentar lograr el reintegro de las cantidades sin tener que acudir a la vía judicial.
En caso de que la entidad rechace la reclamación efectuada, se ha de proceder a la presentación de una demanda judicial.
En la práctica totalidad de los casos, el cliente no tiene que asumir coste alguno por la reclamación judicial, toda vez que el banco suele ser condenado a abonar los honorarios de abogado en concepto de costas.
En Doce, Diéguez y León Rey Abogados somos especialistas en Derecho Bancario.
Deja que realicemos un estudio de préstamos hipotecario para poder asesorarte sobre tu caso particular. Si estás decidido a reclamar por tu hipoteca, confía en expertos.
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